Red Natura 2000
La Red Natura 2000 constituye una red ecológica europea de áreas protegidas para la conservación de la biodiversidad, cuyo objetivo principal es garantizar, a largo plazo, la conservación de las especies y de los hábitats más amenazados de Europa, contribuyendo a detener la pérdida de biodiversidad en el territorio de los Estados miembros de la Unión Europea. Esta Red se fundamenta en la aprobación de dos Directivas Comunitarias:
- La Directiva Aves (Directiva
2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009,
relativa a la conservación de las aves silvestres
- La Directiva Hábitats (Directiva
92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación
de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres).
Como resultado de la aplicación de la Directiva Hábitat se crea la Red Natura 2000, integrada por dos
tipos de espacios:
- ZEPA: Zonas de
Especial Protección para las Aves.
- LIC: Lugares de
Importancia Comunitaria. Estos espacios, tras la aprobación de sus
correspondientes medidas de gestión, pasarán a declararse y denominarse ZEC (Zonas Especiales de
Conservación).
1. Zonas Especiales de
Protección para las Aves (ZEPA)
- Islotes del Norte de Lanzarote y Famara. ZEPA 40 (ES0000040)
En 1986 parte de la superficie del actual Parque Natural se incluye dentro del inventario de Zonas Especiales de Protección para las Aves, en virtud de la Directiva 79/409/CEE, de 2 de abril de 1979, relativa a la conservación de las aves silvestres. Concretamente la zona ZEPA 40 (ES0000040), denominada “Islotes del norte de Lanzarote y Famara”, que ocupaba una extensión de 1.722 ha, todas ellas terrestres, y entre las que se incluía al islote de Alegranza.
Posteriormente, en octubre de 2006, la Viceconsejería de Medio Ambiente del Gobierno de Canarias acuerda ampliar su superficie hasta las 17.863,7 ha, al incluir en la misma las aguas que rodeaban hasta un kilómetro mar a dentro a cada uno de los islotes del Parque Natural.
- Espacio marino de los Islotes
de Lanzarote. ZEPA 532 (ES0000532)
En el 2014 se declara una nueva ZEPA, estrictamente marina, que viene a cubrir toda la superficie marina del Parque Natural y de la Reserva Marina que quedaba sin protección por la anterior ZEPA.
Esta nueva ZEPA es aprobada por el MAGRAMA, a través de la Orden
AAA/1260/2014, de 9 de julio, por la que se declaran Zonas de Especial
Protección para las Aves en aguas marinas españolas. Y abarca una extensión de
130,184 ha.
2. Zonas Especiales de
Conservación (ZEC)
En la actualidad toda la superficie terrestre y una pequeña parte (el 3,9%) de la marina del Parque Natural está incluida dentro de la Red Natura 2000 como Zonas Especiales de Conservación:
- Sebadales de La Graciosa.
Superficie marina entre Lanzarote y La Graciosa.
- Los Islotes. Superficie
terrestre de Montaña Clara y los Roques.
- Archipiélago Chinijo.
Superficie terrestre de Alegranza, La Graciosa y Famara.
Además el Estado, a través del MAGRAMA, ha aprobado y presentado a la Unión
Europea una propuesta de un nuevo LIC (Lugar de Interés Comunitario) denominado
“Espacio
marino del oriente y sur de Lanzarote-Fuerteventura”, con una
superficie de 1.296.532 ha, que tras su aprobación y posterior designación en
una nueva ZEC que ya incluiría la práctica totalidad de las aguas del Parque
Natural y de la Reserva Marina.
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